Dario Collantes
09 Oct
09Oct

1. Sesgo de Información

En nuestro país es frecuente confundir sobre el tipo de prueba pericial y el perfil del profesional que se requiere cuando estamos frente a un hecho en controversia donde se requiere elaborar una prueba de disciplina Contable, Económica, Financiera e incluso Administrativa o una combinación de éstas, pues se observa que comúnmente en las resoluciones Judiciales o Asesores Legales busquen en primer orden una "Pericia Contable" elaborada por un "Perito Contador", y en muchas situaciones la Prueba no requiere una especialidad Contable, mas bien una especialidad Financiera, Económica, Administrativa, o una combinación de todas. Por ejemplo, la Pericia podría tener una carga de especialidad contable del 20%, de especialidad Económica del 40% y Financiera otro 40% sin embargo, determinar este alcance de carga de especialidad que amerita el caso es de difícil comprensión para un Asesor Legal, Juez o de quién la solicite.

Es coherente afirmar que una prueba pericial económica debe ser realizada por un Perito Economista y una prueba pericial contable de ser realizada por un Perito Contable, para lo cual comentamos en un segundo punto, que actividades realiza generalmente cada profesional en su ámbito, y en el subsiguiente punto comentamos 2 casos a manera de ejemplo donde exponemos el dimensionamiento de la prueba pericial en función a un objeto general de una pericia para aclarar lo que realmente se requiere tomar en cuenta al momento de solicitar una Pericia y el perfil del profesional de quién debe liderar su elaboración.

2. Perfil Profesional

Al Economista lo asociamos con analizar escenarios económicos, revisar o explicar el comportamiento de variables macro-económicas como la inflación, tipo de cambio, tasas de intereses, otros; elaborar y/o evaluar proyectos de inversión desde el punto de vista económico financiero, estimar indicadores de rentabilidad, calcular intereses, análisis de demanda, elaborar y administrar presupuestos operativos o de inversión, análisis de los Estados Financieros de una empresa para la toma de decisiones, entre otros.

Al Contador lo asociamos como el responsable en el registro contable de todas las operaciones de la empresa, alineada a normas nacionales e internacionales de contabilidad, elaborar los estados financieros de la empresa, análisis de las cuentas contables, responsable de la correcta determinación de impuestos y otros. Para lo cual debe tener un conocimiento "general" económico y financiero de como se realiza cada operación a fin que se registre adecuadamente en los libros contables.

En resumen, en el marco empresarial, el Economista analiza factores externos e internos de una organización, su principal función es la de explicar los movimientos de las operaciones de la empresa, analizar los estados financieros, proyectar escenarios y proponer alternativas valorizadas, todo para la toma de decisiones. El Contador estrictamente registra todas las operaciones de la empresa bajo una estructura contable para elaborar los estados financieros y asegura la correcta determinación de impuestos.

Entonces las funciones que realizan estos profesionales son diferentes, pero se complementan dentro de una organización.

3. Tipo de Prueba Pericial

     a. En una oportunidad nos llega un caso donde nos solicitan un "Peritaje Contable que determine una actualización de una deuda personal de hace 30 años aproximadamente, elaborado por un Perito Contador". Si analizamos cuidadosamente, en este Objeto de Pericia está fuera de un marco empresarial, e incluso tributario, es decir no se revisa ninguna contabilidad y lo que corresponde es "Actualizar sumas de dinero en el tiempo", por tanto la prueba estaría relacionada a analizar variables históricas como tipo de cambio, inflación, rentabilidades de activos financieros en el mercado de valores. Estas variables es de común análisis Económico y Financiero y es ajeno a análisis de rigor contable, por tanto, no correspondería denominarse "Pericia Contable", si no una "Pericia Económica" o "Pericia Económica Financiera" según corresponda el caso en específico, y debería se elaborada por un Perito Economista idóneamente.

     b. En diversas oportunidades, nos requieren una "Pericia Contable para determinar Daños Patrimoniales" que incluya Daño Emergente, Lucro Cesante, Intereses Legales, a la persona Jurídica, elaborada por un Perito Contador.

Analicemos el dimensionamiento de la carga operativa en la Pericia por cada daño a fin de evaluar las disciplinas necesarias para que la Prueba sea lo más objetiva posible.

Por el Daño Emergente, se debe determinar en estricto gastos generados por el evento dañoso. Una revisión común pero limitada sería la de únicamente realizar una trazabilidad documentaria de corte Contable como tener a la vista los "Comprobantes de pago, constancia de pago, sustento del detalle del bien o servicio requerido por el evento dañoso, asiento contable y la opinión de correcto registro, u otra documentación disponible". Sin embargo, sólo ello es limitado y no consolida la prueba de daño como tal, pues estamos frente a un cuestionamiento legal. Considerando las revisiones contables ya enunciadas, en adición, se debe evaluar y aplicar técnicas de investigación de análisis y revisión a fin de entender los fundamentos de la ejecución de estos gastos, que nos permitan responder interrogantes como "¿La decisión del gasto fue realmente necesaria o no, como consecuencia del evento dañoso?, ¿Éstos gastos son razonables?, ¿Estos gastos pueden ser entendidos fácilmente por un Perito Contador, Economista, Administrador, Ingeniero, o cualquier profesional?¿Los precios están acorde al mercado?, ¿Los gastos fueron realizados por proveedores idóneos y/o legítimos?, ¿Todo el gasto o desembolso dinerario realmente corresponde en su integridad al evento dañoso o sólo una fracción? y otras interrogantes más, donde en resumen, el sustento de la descripción del bien o servicio requerido ¿realmente prueba íntegramente una prestación atribuible al hecho?. Estas interrogantes nos llevan a realizar un análisis más profundo que va más allá de una práctica ordinaria de trazabilidad Contable y de la competencia de un profesional en Contabilidad, aquí ya recomendamos analizar especializadamente con un enfoque Económico y Financiero la actividad del gasto atribuible al evento dañoso, lo cual va más allá de la disciplina Contable, y así consolidar la prueba pericial idóneamente.

El fin es lograr una certeza en que los gastos adicionales fueron "obligados por el evento generador de daño y fueron asumido por la parte afectada". Desde nuestro punto de vista, en función a cada caso, se podrían requerir un dominio técnico referente de 3 disciplinas "Economía, Finanzas y Contabilidad" para Determinar el Daño Emergente. Se debe analizar económicamente las actividades que fueron requeridas por el evento del daño, mediante herramientas de auditoría, economía, finanzas y contabilidad, que permitan realizar una investigación externa y procesar la información interna operativa, contable y legal disponible, para concluir en una cuantía de Daño Emergente atribuible al evento dañoso. 

El Lucro Cesante, es cuando el evento dañoso origina que una de las partes incurra en una frustración de alguna actividad económica que tuviese por iniciar o en curso, la cual le hubiese o venía generando beneficios económicos. Se busca, estimar estos beneficios económicos futuros al evento dañoso, considerando la información financiera disponible de la parte afectada, el entorno externo económico de la actividad y los supuestos vinculados al evento dañoso. Por tanto, aquí hablamos de proyecciones económicas las cuales tendrán el componente financiero del valor del dinero en el tiempo. El desafío es aproximar los supuestos de proyección a la realidad de la Parte afectada, por cada fuente de ingreso y egreso, donde dichos beneficios futuros corresponde actualizarlos a valor presente, mediante una tasa de descuento atribuible al perfil financiero de la parte afectada. Todo este análisis ya es propio de la especialidad Financiera y Económica, por ende, la Pericia idóneamente debe ser elaborada por un Perito Economista.  

Los cálculos de Intereses Legales, raramente se ven en registros contables, o tributarios, es más una especialidad financiera que considera fundamentos normativos del Código Civil Peruano, donde existe una metodología regida por el Banco Central de Reserva del Perú, y proporcionada por la Superintendencia de Banca Seguros y AFP. Se requiere que el profesional domine las finanzas y tenga experiencia en determinación de intereses, a fin que interprete adecuadamente las normativas legales y su determinación sea objetiva. Idóneamente, el Perito Economista domina esta especialidad. 

4. Conclusión

Finalmente fuera de enmarcar las prácticas entre Economistas y Contadores, la realidad es que no limita a ninguno de estos profesionales a realizar la practicas del otro, porque existen profesionales con experiencia mixta y es importante que la Parte, Asesor Legal, Arbitro o Juez sepa identificar el perfil idóneo para el caso, pues no sólo basta la profesión. Existen Contadores con gran experiencia financiera que pueden realizar diversos análisis económicos y existen Economistas con experiencia Tributaria o Auditoría que pueden realizar inclusive análisis Contable. 

Por ello es muy importante orientar a Jueces, Árbitros y/o Abogados sobre el alcance de la disciplina Contable, Financiera Económica y Administrativa; y las capacidades de un Perito Economista o un Perito Contador en función a su experiencia y dominio de disciplinas que requiere el caso, más allá de la carrera Profesional que lo acredita.

Para el primer caso de objeto de Pericia "Actualización de sumas de dinero ...", la prueba pericial debe denominarse "Pericia Económica" o "Pericia Económica Financiera" según corresponda, descartando la denominación "Pericia Contable" donde el profesional Idóneo es la de un Perito Economista.

Para el segundo caso de objeto de Pericia " Determinar Daños Patrimoniales ..." en cuanto al:

Daño Emergente, en función al caso, la labor de éstos dos profesionales (Economista y Contador) pueden ser complementarias y beneficiosas para el caso pericial, el Economista por su apertura en el análisis internos y externo determinará un valor más agudo y absoluto, por otro lado el Contador su importante labor en explicar los registros contables asociados por los movimientos de operaciones otorga un grado de confiabilidad sobre la información financiera disponible.  Sin embargo, va a depender mucho de la experiencia, capacitación y del dominio de especialidades tanto de un Perito Economista como de un Perito Contador. 

En cuanto al Lucro Cesante, por lo mismo que analizan proyecciones futuras al evento dañoso, de aplican fundamentos económicos y financieros, sobre base de información contable, donde los Economistas son los que dominan estos análisis. Si el objeto de la Pericia fuera sólo "Determinar Lucro Cesante" pues la denominación correcta correspondería "Pericia Económica Financiera" descartando Pericia Contable.

En cuanto a la determinación de Intereses Legales, impera el conocimiento legal referido a intereses, y las finanzas, por lo que si, únicamente el Objeto de una Pericia fuera sólo "Determinar Intereses Legales ...", pues la Pericia debería denominarse "Pericia Financiera" descartando la denominación "Pericia Contable". Y aquí el perfil se ajusta al de un Economista, sin embargo, existen Contadores con un alto nivel de especialidad financiera, por lo cual es factible que también pueda ser elaborado por este profesional, dando lugar nuevamente a que es importante conocer lo que realmente se necesita, la capacidades del profesional tentativo a realizar el estudio, a fin de elaborar una pericia con el mejor rigor técnico. 

Es importante que al momento de requerir una Pericia, el profesional consultado sepa aclarar las disciplinas que requiere el caso y denominar la Perica correctamente, así se corrige el sesgo de información e incrementar las posibilidades de éxito del caso legal.

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